Principio de oportunidad. Reflexiones jurídico políticas

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Universidad de Medellín
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El advenimiento de los sistemas procesales dejuzgamiento penal como formas explícitas delgrado de civilidad de una sociedad siempreconlleva la aparición o redescubrimiento deinstituciones jurídicas que pretenden demostrarla adopción de las corrientes contemporáneas;y es en este marco precisamente en el que laley 906 de 2004, mal denominada “sistema acusatorio”,introduce el principio de oportunidadcomo categoría jurídica de arraigo constitucional,porque mediante el acto legislativo 03 del2002 se logra su consagración en el artículo 250constitucional como excepción al principio de“obligatoriedad” allí prescrito, pretendiendo, poruna parte, dotar al proceso de un mecanismode política criminal que tuviera alta incidenciaen la eficiencia de la Administración de Justicia,mediante la aplicación de los modelos horizontalesutilizados en la solución del conflicto, ypor otra, resumir una institución propia de lossistemas anglosajones conocida como el PleaBargain y el Plea Guilty.

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