Efectos de la nulidad de la Ordenanza 044 de 1994 del departamento de Antioquia en la elección de gerentes de entidades sociales del Estado

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Resumen

The election of the managers or directors of State Social Entities, analyzed from a social rather than an individual perspective, can be conceived as the basis for the administration of these institutions to be adequately provided. That is why, with this research work seeks to determine the importance of merit in their choice, which is why this principle will be addressed not only as one of the objectives of the administrative career but as the basis to determine that, those who are appointed through a merit contest will have within these institutions a management that promotes the provision of the health service effectively and efficiently. For this, a normative analysis of the background that gave rise to the present investigation will be carried out, that is, the issuance of Ordinance 044 of 1994 by the Departmental Assembly of Antioquia that, after its declaration of nullity, generated a limbo regarding of the juridical nature of the hospitals and, therefore, in the appointment of the managers or directors through a merit public contest, a situation that apparently was clarified with the promulgation of the Law 1797 of 2016 when providing that, the appointment of the directors of said entities will be carried out by the heads of territorial entities. This decision led to the analysis of a possible transgression of the merit principle as a basis for access to public office and the consequences of that omission.

Descripción

La elección de los gerentes o directores de Entidades Sociales del Estado, analizada desde una perspectiva social más que individual, puede concebirse como la base para que la administración de estas instituciones se realice de manera adecuada. Es por ello por lo que, con el presente trabajo de investigación se busca determinar la importancia del mérito en su elección, razón por la cual se abordará este principio no solo como uno de los objetivos de la carrera administrativa sino como el fundamento para determinar que, quienes sean designados mediante concurso de méritos tendrán dentro de estas instituciones una gestión que propenda por la prestación del servicio de salud de manera eficaz y eficiente. Para ello, se realizará un análisis normativo de los antecedentes que dieron origen a la presente investigación, esto es, la expedición de la Ordenanza 044 de 1994 por parte de la Asamblea Departamental de Antioquia que, tras su declaratoria de nulidad, generó un limbo respecto de la naturaleza jurídica de los hospitales y por ende, en la designación de los gerentes o directores mediante concurso público de méritos, situación que aparentemente fue dilucidada con la promulgación de la Ley 1797 de 2016 al disponer que, la designación de los directores de dichas entidades se realizará por los jefes de los entes territoriales. Esta decisión impulsó que en la presente investigación se analice una posible transgresión al principio del mérito como fundamento del acceso a cargos públicos y las consecuencias de dicha omisión.

Palabras clave

Gerente, Entidades Sociales del Estado, Carrera administrativa, Proceso de selección, Concurso público de mérito, Principio del mérito, Ordenanza Departamental de Antioquia 044 de 1944, Ley 1797 de 2016

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