Derechos Fundamentales de los pueblos indígenas. El caso del pueblo Embera Katío y la represa de Urrá: un análisis desde la Corte Constitucional Colombiana
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Universidad de Medellín
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En Colombia existen, a partir de la Constitución de 1991, unas garantías jurídicas y unas políticas de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas, logradas mediante la positivización en el ordenamiento jurídico de sus derechos. Pero es precisamente en este reconocimiento cultural, donde emergen tensiones entre la interculturalidad y los valores liberales universales impuestos de facto por la cultura dominante. Ahora bien, dar nueva dimensión dichas tensiones y paradojas ayuda a entender la complejidad de la problemática entre lo universal y los derechos contextualizados de los pueblos indígenas. De esta manera, la interculturalidad se funda en la necesidad de construir espacios dialógicos entre grupos, en leer de forma diferente lo universal, en percibir lógicas y conocimientos distintos, en confrontar y transformar las relaciones del poder –incluyendo las estructuras e instituciones de la sociedad– que han naturalizado las asimetrías sociales.
Palabras clave
Pueblos indígenas, autonomía indígena, pueblo Embera-Katío, Constitución de 1991, interculturalidad, positivización, derechos fundamentales, indigenas - legislación - Colombiac Colombia
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