La protección integral de los derechos de los adolescentes infractores en la ejecución de las sanciones penales en el Distrito Judicial de Cúcuta 2011 al 2014 en base a la Ley 1098 de 2006
Cargando...
Archivos
Compartir
Fecha
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad de Medellín. Facultad de Derecho
Universidad Libre
Universidad Libre
Documentos PDF
Resumen
Descripción
En Cúcuta, en el Centro Especializado de Servicios para Adolescentes (CESPA), se presenta desde que fue implementado el sistema penal para adolescentes una problemática relacionada con la imposibilidad que tienen los juzgados falladores para ejercer la vigilancia y control efectivo de las sanciones que se imponen a los adolescentes que infringen la ley penal, todos concluyen que el gran cumulo de procesos de que conocen estos, entre ellos procesos penales, acciones constitucionales, ha impedido que se realice un verdadero control y vigilancia de las sanciones, ocasionando con esto que se vulneren garantías constitucionales de los adolescentes (debido proceso), como el artículo 42, 43, 44 de la CN, en lo relacionado a la garantía que tienen los niños, niñas y adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, además del derecho de ser asistidos y protegidos, como garantía de su desarrollo armónico e integral. Entonces si no se consigue el cabal cumplimiento de la sanciones impuestas a los adolescentes infractores de la ley penal no lográndose que estos castigos cumplan con el fin pedagógico, tal y como lo contempla el artículo 140 del Código de la Infancia y la Adolescencia, lo cual el legislador ha querido con la implementación del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, buscando que los menores infractores se resocialicen, dejen de delinquir y se reintegren a la sociedad como personas de bien, no volviendo a incurrir en las conductas delictivas por las cuales han sido sancionados, el sistema como tal perdería su razón de ser, ya que el propósito lo que se quiere es que el sistema cumpla con una verdadera justicia resocializadora, restaurativa y reparadora del daño causado en la comisión de los delitos.
